Provisión por litigio
Un extrabajador demandó a la empresa. El asesor legal considera probable que el juzgado ordene pagar S/ 25,000 y estima ese monto como el más probable.
Cálculo
| Mejor estimación de la obligación | S/ 25,000.00 |
Asiento 1 · Por la provisión
| Cuenta | Denominación | Debe | Haber |
|---|---|---|---|
| 68911 | Provisión para litigios – Costo | 25,000.00 | |
| 481 | Provisión para litigios | 25,000.00 | |
| Totales | 25,000.00 | 25,000.00 |
¿Por qué estas cuentas?
Si hay una obligación presente por un hecho pasado, es probable que se pague y el monto se puede estimar con fiabilidad, se reconoce una provisión (481) y su gasto (6891).
Si la pérdida solo fuera posible, no se registra: se revela en notas como pasivo contingente. Para el impuesto a la renta, la provisión no es deducible hasta que se pague; es una diferencia temporal que genera impuesto diferido.
Base normativa
- NIC 37, párr. 14: Se reconoce una provisión si hay obligación presente, la salida de recursos es probable y el importe se puede estimar de forma fiable.
- NIC 37, párr. 36 y 86: Se mide por la mejor estimación; si la salida solo es posible, se revela como pasivo contingente.
- TUO de la LIR, art. 44 inc. f): No son deducibles las provisiones que la ley no admite expresamente.
Errores comunes
- Provisionar litigios con probabilidad remota o solo posible.
- No actualizar la provisión con cada informe legal.
- Deducirla en el año en que se registra.
Ejemplo con montos referenciales. Las cuentas siguen el PCGE (versión modificada 2019); la divisionaria exacta puede variar según el plan de cuentas de cada empresa. Verifica la norma vigente antes de aplicarla.